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Etapas de Incubación

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September 26, 2016
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Etapas de Incubación

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Ministerio de Producción

September 26, 2016

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  1. SOBRE EL CONCURSO SOBRE LOS REQUISITOS EQUIPO Y EXPERIENCIA PROGRAMA

    DE ACELERACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN RED DE MENTORES, CONTACTOS Y ASOCIACIONES PRESUPUESTO Y DEMOSTRACIÓN DE FONDOS REQUISITOS FORMALES SOBRE LOS BENEFICIOS SOBRE LA INVERSIÓN CONJUNTA SOBRE LOS COSTOS OPERATIVOS SOBRE LA EVALUACIÓN DOCUMENTACIÓN ADICIONAL ÍNDICE PREGUNTAS FRECUENTES CONCURSO FONDO ACELERACIÓN
  2. SOBRE EL CONCURSO ¿Cuál es el objetivo del Concurso Fondo

    Aceleración? El objetivo general es posicionar a la República Argentina como uno de los polos líderes en innovación y desarrollo de emprendimientos de América Latina y en el mundo entero. ¿En qué consiste el Concurso Fondo Aceleración? Consiste en apoyar y fomentar la creación de Aceleradoras, especializadas en el lanza- miento de nuevas empresas de alto potencial e impacto; y la asesoría y apoyo continua- do a Emprendedores a través de programas de aceleración de proyectos y/o empresas. Y en favorecer, apoyar y potenciar el proceso de creación de nuevas empresas innovado- ras y el fortalecimiento de aquellas de desarrollo incipiente, en el ámbito de la República, con alcance regional y potencial de expansión global. ¿Qué es considerado como una Aceleradora en el marco del Concurso? Es toda aquella entidad que brinda asistencia técnica y financiera a Emprendedores para que éstos puedan desarrollar su propia fuerza institucional, una visión y estrategia sólida que les permita su lanzamiento, posicionamiento y/o afianzamiento en el mercado. ¿Cuál es la estructura legal que debe tener una Aceleradora para poder aplicar? Debe ser una sociedad/persona jurídica inscrita en el Registro Público de Comercio bajo alguno de los tipos societarios previstos en la Ley General de Sociedades, de cuyo objeto social deberá surgir expresa o implícitamente la posibilidad de que la entidad pueda lle- var adelante asistencia técnica y financiera a sociedades o entidades que se encuentren desarrollando un proyecto y/o constituyan una empresa de alto impacto y/o impacto social. ¿Se puede presentar una Aceleradora que aún no haya terminado el trámite de inscripción en el Registro Público de Comercio? Sí, puede presentarse con el trámite iniciado. ¿A quién se considera Emprendedor en el marco del Concurso? A aquella persona física o jurídica que se encuentre desarrollando un proyecto y/o em- presa de alto impacto, que requiera el apoyo de algún programa de aceleración organi- zado por una Aceleradora.
  3. ¿Quiénes pueden aplicar? Aceleradoras Científicas, Tecnológicas y/o Sociales. ¿Qué categorías

    de Aceleradoras se contemplan en el Concurso? - Aceleradoras Científicas - Aceleradoras Tecnológicas y/o Sociales ¿Dentro de qué categoría se debe enmarcar la Aceleradora Social para aplicar? Las Aceleradoras Sociales deben enmarcarse dentro de la categoría “Aceleradora Tecnológica y/o Social”. ¿Qué se entiende por Aceleradora Científica? Es una Aceleradora que otorga asistencia técnica y financiera a Emprendedores que transformen avances científicos en productos y/o servicios que puedan ser incorporados al mercado siendo comercialmente viables, contando dichos Emprendedores con una estrategia de propiedad intelectual definida en relación a tales productos y/o servicios. ¿Qué es una Aceleradora Tecnológica? Es aquella Aceleradora que otorga asistencia técnica y financiera a Emprendimientos tecnológicos de alto impacto, con alcance regional y potencial de escalar globalmente. ¿A qué denominamos Aceleradora Social? Es aquella Aceleradora que otorga asistencia técnica y financiera a Emprendedores que desarrollen proyectos para la solución de problemas sociales y/o medioambientales de forma sustentable y orientados por un propósito de bien común. ¿Es posible presentarse en más de una categoría de Aceleradoras? No, las Aceleradoras podrán presentarse únicamente dentro de una categoría, en forma excluyente. En el caso que una aceleradora se enmarque dentro de un tipo que no corres- ponde, podrá ser re-categorizada por el Comité de Selección de acuerdo a la información brindada, el perfil público y/o cualquier otro elemento que surja de la evaluación a reali- zarse en el marco del Concurso.
  4. ¿Qué ocurre en caso de quedar alguna vacante en una

    de las categorías? En ese caso, se podrá asignar la vacante a la otra categoría o podrá quedar desierta, si no hubiera una Aceleradora participante que cumpla con todos los requisitos necesarios. ¿Es posible presentarse como un Consorcio? Sí, la Aceleradora puede estar conformada por dos o más personas jurídicas asociadas entre sí mediante cualquier forma de asociación jurídica creada a los efectos de la par- ticipación del Concurso. En ese caso, una de las personas jurídicas debe debe ser una sociedad/persona jurídica inscrita en el Registro Público de Comercio bajo alguno de los tipos societarios previstos en la Ley General de Sociedades, de cuyo objeto social debe- rá surgir expresa o implícitamente la posibilidad de que la entidad pueda llevar adelante asistencia técnica y financiera a sociedades o entidades que se encuentren desarrollando un proyecto y/o constituyan una empresa de alto impacto y/o impacto social. Si ningu- na de las integrantes tiene este objeto específico, deberán crear una sociedad para tal fin y será la Aceleradora que se presente al Concurso (puede presentarse con el trámite iniciado). ¿Es necesario que el Consorcio ya se encuentre constituido al momento de presentarse al Concurso? No. El Consorcio podrá constituirse bajo la condición suspensiva de quedar seleccionado como ganador del Concurso. ¿Una Fundación o Asociación Civil puede formar parte del Consorcio? Sí, siempre y cuando dentro de las instituciones integrantes del Consorcio haya una que sea un tipo societario previsto en la Ley General de Sociedades o se cree una Sociedad a tal efecto de cuyo objeto social deberá surgir expresa o implícitamente la posibilidad de que la entidad pueda llevar adelante asistencia técnica y financiera a sociedades o entidades que se encuentren desarrollando un proyecto y/o constituyan una empresa de alto impacto y/o impacto social. ¿El Consorcio debe presentar la totalidad de la documentación formal de cada organización que lo compone? Si. ¿Puede presentarse un Fideicomiso como Aceleradora? No, debe ser una sociedad/persona jurídica inscrita en el Registro Público de Comercio bajo alguno de los tipos societarios previstos en la Ley General de Sociedades, de cuyo objeto social deberá surgir expresa o implícitamente la posibilidad de que la entidad
  5. pueda llevar adelante asistencia técnica y financiera a sociedades o

    entidades que se encuentren desarrollando un proyecto y/o constituyan una empresa de alto impacto y/o impacto social. ¿Puede presentarse una Aceleradora que utilice un Fideicomiso para realizar las inversiones? Sí, pero el fideicomiso será solo el Vehículo Complementario de la Aceleradora que se presenta a concursar (sociedad/persona jurídica inscrita en el Registro Público de Co- mercio bajo alguno de los tipos societarios previstos en la Ley General de Sociedades) y deberá presentar toda la documentación vinculante. La Aceleradora puede ser el Fidu- ciario de ese Fideicomiso. ¿Qué es un Vehículo Complementario? Es aquel vehículo, constituido en la República u otra jurisdicción, a través del cual podrá desembolsarse la Inversión Privada, respecto del cual la Aceleradora deberá necesaria- mente ejercer el control. ¿Qué se entiende por ejercer el control? Se entiende por tal a la titularidad de los derechos de voto suficientes para la elección de la mayoría de los integrantes del órgano de administración u órgano análogo del ve- hículo; o bien, la titularidad de derechos suficientes, ya sean societarios o contractuales, para la toma de todas las decisiones de administración en relación a dicho vehículo y su patrimonio. ¿Puede presentarse al Concurso una Aceleradora que se haya presentado en carácter de Administradores en el marco de un concurso lanzado por el Fondo Fiduciario y/o como Incubadora para la inscripción en el Registro Nacional de Incubadoras? No. ¿Puede presentarse al Concurso una Aceleradora integrada por personas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Admi- nistración Pública Nacional? No.
  6. SOBRE LOS REQUISITOS ¿Qué hay que presentar para participar del

    Concurso? 1. Formulario de Presentación 2. Bases y Condiciones Firmadas 3. Propuesta de Valor en Español e Inglés a. Equipo y Experiencia b. Programa de Aceleración y Especialización c. Red de Mentores, Contactos y Asociaciones 4. Presupuesto y Demostración de Fondos 5. Requisitos Formales (se refiere a toda la documentación detallada a continuación) ¿Hay algún modelo a seguir para armar la presentación de la Propuesta de Valor? Si, la Propuesta de Valor no podrá superar las 10 páginas y deberá presentarse en idioma español e inglés. En todos los títulos se puede acompañar la información que se conside- re necesaria para fundamentar, tomando como referencia los lineamientos establecidos, que se encuentran en esta sección. EQUIPO Y EXPERIENCIA ¿Que hay que demostrar respecto al Equipo y Experiencia? a. La conformación de un equipo consolidado para el gerenciamiento de la Acelerado- ra con dedicación exclusiva. Deberá estar integrado por personalidades con expe- riencia y reconocida trayectoria en el lanzamiento de nuevas empresas y en el apoyo a Emprendedores. b. Acreditar los años que posee la Aceleradora apoyando el desarrollo de nuevas em- presas, destacando actividades y/o programas relevantes, desempeño en obtención de financiamiento público y/o privado para emprendimientos, casos de éxito, entre otros, que se consideren relevantes para la evaluación (por ejemplo: número de pro- yectos aprobados, número de empresas que ya tienen una prueba piloto o modelo validado en el mercado, número de empresas que obtuvieron rondas de financia- miento subsiguientes al proceso de aceleración, etc.).
  7. ¿Cómo se podría acreditar experiencia en el caso de las

    Aceleradoras en lanzamiento? Podrá acreditarse la experiencia profesional previa de los integrantes del equipo de ge- renciamiento y cualquier otra experiencia que pudiera resultar valiosa para el cumpli- miento de los objetivos del Concurso. ¿La Aceleradora debe contar con un equipo dedicado full-time o pueden ser part-time de otras organizaciones, por ejemplo de las conformantes de un consorcio? La Aceleradora debe contar con un equipo consolidado, con experiencia y dedicación ex- clusiva para el gerenciamiento de la Aceleradora. Deberán presentarse en la propuesta de valor las personas específicas que ocupan cada puesto, su experiencia y conocimiento. PROGRAMA DE ACELERACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN ¿Qué hay que detallar sobre el Programa de Aceleración y Especialización? a. El esquema de captación, evaluación y selección de los Emprendedores que resulten seleccionados para la participación en sus respectivos programas de aceleración, demostrando de qué manera garantizarán el adecuado perfil de los Emprendedores que sean seleccionados. b. La descripción de cada etapa del proceso de aceleración, indicando los beneficios a otorgar, ya sean en dinero o en especie, detallando los servicios a prestar y los resultados esperados. c. En caso de contar la Aceleradora con un foco de especialización, deberán esta- blecerse asimismo las razones por las cuales dicha especialización constituye una oportunidad de mercado en la región y cuál sería su potencial. Asimismo, deberá consignarse si la Aceleradora tiene un foco específico relacionado con la madurez del proyecto (i.e. concepto y prototipo, desarrollo comercial, expansión internacio- nal, etc). d. Forma de operación y administración de desembolso de los recursos de la Acelera- dora, junto con mecanismos utilizados de inversión y de control de gestión. e. El esquema de apoyo post-aceleración, incluyendo compromisos y/o derechos de financiación en rondas de inversión subsiguientes. f. El modelo de negocio de la Aceleradora en relación a los proyectos a ser invertidos (i.e., préstamo convertible, participación en el capital, otros modelos). En caso de suscribir capital de la empresa invertida, detallar el ratio de acciones que se suscri- birán en función del importe invertido (i.e. entre 3% y 7% por $ 450.000). Asimismo, describir si el monto de inversión varía según cada proyecto o si se cuenta con un modelo fijo o rango en relación al monto de inversión.
  8. g. La Aceleradora deberá indicar la ubicación geográfica y describir

    el espacio físico que estará afectado al desarrollo de las operaciones de la Aceleradora así como, en caso de ser distinto, el/los espacios físicos que estarán afectados a las actividades de aceleración y apoyo a los Beneficiarios, indicando como dicho/s espacio/s servi- rán al mejor cumplimiento de los objetivos del presente Concurso. ¿Qué sucede si mi Aceleradora contempla un modelo de negocios que supera la participación en el emprendimiento con porcentajes mayores al 49%? En caso de que el modelo de negocio prevea la suscripción por parte de la Aceleradora de un porcentaje de participación superior al 49% del Beneficiario, deberá hacerse men- ción expresa a los motivos para ello y explicar su conveniencia. RED DE MENTORES, CONTACTOS Y ASOCIACIONES ¿Qué hay que detallar respecto a la Red de Mentores, Contactos y Asociaciones? a. Descripción de las alianzas, y demostración con la presentación de la evidencia co- rrespondiente, con otras instituciones reconocidas en el ecosistema emprendedor, tanto nacional como internacional, indicando los beneficios de dicha asociación. b. Detalle de profesionales y la red de mentores e inversores que intervendrán en los procesos de apoyo a emprendimientos, incluyendo sus antecedentes y experiencia profesional previa. c. Descripción de la interacción y aporte a ser efectuado por la red de mentores e in- versores, así como el apoyo a ser brindado por otras Aceleradoras y asociaciones con quienes existan acuerdos y/o alianzas para el apoyo a emprendedores. PRESUPUESTO Y DEMOSTRACIÓN DE FONDOS ¿Qué es necesario demostrar sobre el Presupuesto de la Aceleradora? En el marco del Programa de Costos Operativos, cada Aceleradora deberá indicar el presupuesto que será necesario para solventar su operación y estructura, incluyendo sin limitación los fondos requeridos para: costos administrativos, laborales y previsionales, de asesores externos, viajes, publicidad, difusión, investigación, etc. ¿Qué es necesario demostrar sobre los Fondos Requeridos? En el marco del Programa de Inversión Conjunta, cada Aceleradora deberá demostrar que cuenta con fondos líquidos, o bien, compromisos irrevocables de transferencia de
  9. fondos líquidos, por un monto mínimo de US$ 150.000 o

    su equivalente en Pesos to- mando como referencia el Tipo de Cambio del dia anterior a la fecha de lanzamiento de las Bases y Condiciones del presente Concurso. La Aceleradora podrá demostrar la ob- tención de fondos líquidos o compromisos irrevocables por montos mayores, lo cual será tomado en cuenta positivamente al momento de la evaluación. ¿Cómo puedo demostrar los fondos con los que cuenta la Aceleradora para el Programa de Inversión Conjunta? Se podrán presentar extractos de cuenta bancaria o bien, cartas de compromiso irre- vocables de transferencia de fondos suscriptas con certificación notarial o bancaria de firmas, las cuales podrán estar sujetas a la condición suspensiva de que la Aceleradora sea seleccionada con el Concurso. A tales efectos, se considerarán extractos de cuentas bancarias, ya sea locales o extranjeras; carta de alguna entidad financiera reconocida reconociendo la existencia de dichos fondos; o cualquier otro medio de prueba que acre- dite de modo fehaciente la existencia de dichos fondos del tercero. REQUISITOS FORMALES ¿Cuál es la documentación a presentar para cumplir con los Requisitos formales de aplicación? 1. Copia certificada de su estatuto o contrato social y modificaciones, de cuyo objeto social deberá surgir expresa o implícitamente la posibilidad de que la entidad pueda llevar adelante asistencia técnica y financiera a sociedades o entidades que se en- cuentren desarrollando un proyecto y/o constituyan una empresa de alto impacto y/o impacto social. Dicho estatuto o contrato social deberá estar inscripto en el Registro Público de Comercio que corresponda bajo alguno de los tipos societarios previstos en la Ley General de Sociedades N° 19.550, junto con sus modificaciones inscriptas. 2. Copia autenticada de la documentación que acredite la designación de autorida- des (acta de asamblea y de directorio correspondiente), junto con la constancia de inscripción de autoridades ante el Registro Público de Comercio que corresponda. 3. Informe Veraz o NOSIS, y de sus directores y síndico/s, en su caso. 4. Acreditación de cumplimiento de sus obligaciones ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y las autoridades impositivas locales ante las cuales la Aceleradora esté registrada, a través de la presentación de las declaraciones juradas de impuestos correspondientes. 5. Documento autenticado por escribano público que acredite que la Aceleradora cuenta con el espacio propio o de terceros en el ámbito de la República. En el caso de que se trate de un espacio de terceros, deberá acreditarse también la legítima cesión de derechos del tercero para permitir al uso y goce del espacio, lo que podrá ser acre- ditado a través de un contrato de locación, comodato o figura análoga.
  10. ¿Qué ocurre con la documentación en el caso de una

    Aceleradora que aún no haya terminado el trámite de inscripción en el Registro Público de Comercio? En ese caso deberá presentar la constancia de inicio del trámite. ¿Cuál es la documentación a entregar en el caso de los Consorcios? Cada uno de los integrantes del Consorcio deberá acreditar lo exigido en los puntos anteriores, a excepción de lo requerido en el punto 5, que deberá ser acreditado por el Consorcio y del requisito de objeto específico exigido en el punto 1, el cual deberá ser acreditado por al menos una de las entidades integrantes. Adicionalmente, el Consorcio deberá presentar: 1. Copia autenticada por escribano público del contrato que constituye el Consorcio. 2. Copia autenticada del Acta de Directorio o de Gerencia, en su caso, que apruebe la conformación del Consorcio de todas las personas jurídicas integrantes del mismo. ¿Cuál es la documentación a entregar en caso que la Aceleradora que se presente a la Convocatoria vaya a desembolsar la Inversión Privada a través de un Vehículo Complementario? Deberá acompañar además de la documentación ya mencionada: 1. Copia autenticada del instrumento constitutivo del Vehículo Complementario, debidamente inscripto ante el Registro Público de Comercio u organismo registral de la jurisdicción que corresponda, junto con, en su caso, la documentación que acredite su inscripción bajo alguna modalidad en organismos registrales de la República. 2. Organigrama societario con indicación de la conformación y la relación entre la Aceleradora y el Vehículo Complementario, firmado por el representante legal de ambas entidades. 3. Certificado de Vigencia del Vehículo Complementario. ¿Cómo hay que presentar la documentación? Deberán presentarla de manera excluyente, por dos vías: 1. De forma digital enviando un archivo en formato PDF a la dirección de correo elec- trónico: [email protected] con el siguiente asunto: “Nombre de la Aceleradora – Fondo Capital Emprendedor – Fondo Aceleración” 2. De forma impresa presentando una carpeta en Dirección de Despacho y Mesa de Entrada dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Produc- ción de la Nación sita en Avenida Presidente Julio Argentino Roca N° 651, PB Sector 5, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, antes de la fecha de cierre.
  11. ¿Qué debo hacer si alguno de los documentos a presentar

    proviene del extranjero? Todos los documentos provenientes del extranjero deberán ser debidamente traducidos, certificados por notario público y apostillados (Convención de la Haya, 5 de octubre de 1961 - Apostilla). Si se tratara de actos que no fueron celebrados en países signatarios de la Convención mencionada, la legalización deberá ser practicada por la autoridad consular argentina, en los términos y condiciones prescritos en el Capítulo IX del Decreto 8714/63 –Reglamento Consular Argentino-, con las modificaciones introducidas por el Decreto 1629/01. SOBRE LOS BENEFICIOS ¿Cuáles son los beneficios que ofrece el concurso? Beneficios de Gastos Operativos y Beneficios de Inversión Conjunta. SOBRE LA INVERSIÓN CONJUNTA ¿En qué consisten los beneficios de Inversión Conjunta? Cada Aceleradora deberá seleccionar a los Emprendedores que serán beneficiarios de la asistencia financiera de liquidación consolidada (AFLC). El Emprendedor recibirá fondos de parte de la Aceleradora y el Estado. En el caso de las Aceleradoras Tecnológicas y/o Sociales la relación será 1:1 (por cada peso que la Aceleradora invierta, el Estado aportará el mismo monto) y en el caso de las Científicas la relación será 2:1 (por cada peso que la Aceleradora invierta, el Estado aportará el doble). ¿Qué significa AFLC? Es la Asistencia Financiera de Liquidación Consolidada que será otorgada a los Benefi- ciarios en el marco del Programa de Inversión Conjunta.
  12. ¿Cuáles son los límite mínimos y máximos de estos beneficios?

    ¿Qué puede ser considerado como Inversión Privada? Será la inversión que realice la Aceleradora con fondos propios o de terceros, que no provengan de la Administración Pública, en el marco del Programa de Inversión Conjunta. ¿Pueden computarse como Inversión Privada los aportes y/o inversión efectuada en especie por parte de la Aceleradora? No, la inversión consistente en asesoramiento, mentoría, puesta a disposición de espacio físico para oficinas, entre otras, no podrá ser tomada en cuenta a los efectos del cálculo de los fondos a ser otorgados mediante la AFLC. SOBRE LOS COSTOS OPERATIVOS ¿Qué implican los beneficios de Costos Operativos? Las Aceleradoras seleccionadas recibirán un ANR (Aporte No Reembolsable) para cubrir hasta el 50% de los costos operativos y administrativos anuales en que dicha entidad incurra con relación al apoyo a los Beneficiarios. ¿Qué es un ANR? Es un Aporte No Reembolsable que será otorgado a las Aceleradoras ganadoras del Con- curso, en el marco del Programa de Costos Operativos. ¿Hay que devolver el monto otorgado en concepto de Costos Operativos? No, es un aporte que no se devuelve.
  13. ¿Qué se considera Costo Operativo? Todo gasto que sea necesario

    para solventar la operación y estructura de la Aceleradora. Por ejemplo: costos administrativos, laborales y previsionales, de asesores externos, via- jes, publicidad, difusión, investigación. ¿Hay un tope para los beneficios de Costos Operativos? Si, el tope máximo anual, es de $ 750.000 para cada Aceleradora Tecnológica y/o Social y $ 1.500.000 para cada Aceleradora Científica. ¿Qué ocurre si durante la vigencia del presente Concurso, la Aceleradora participa de un programa similar al Programa de Costos Operativos, reci- biendo asistencia financiera para solventar sus costos operativos? En ese caso el ANR podrá cubrir únicamente hasta un 25% de los costos operativos y administrativos. ¿Durante cuánto tiempo se reciben los beneficios? Es una licencia renovable por un plazo de 4 años. ¿A qué está sujeta la renovación de la licencia? El mantenimiento del ANR por Costos Operativos estará sujeto al presupuesto anual y al cumplimiento de objetivos anuales por parte de la Aceleradora. SOBRE LA EVALUACIÓN ¿Cómo se realizará la evaluación? La Evaluación consistirá en analizar la documentación presentada en virtud de cada uno de los puntos de las Bases y Condiciones. Se establecerán diferentes rubros sujetos a evaluación. ¿Cuáles serán los rubros de evaluación? 1. Equipo consolidado y experiencia; 2. Red de mentores, contactos y asociaciones; 3. Programa de aceleración y especialización; 4. Territorio de la República Argentina; 5. Compromiso de Fondos.
  14. ¿Todos los rubros tendrán el mismo valor? No, de acuerdo

    a su importancia, cada rubro será multiplicado por un coeficiente. ¿Cuál es el puntaje mínimo que debe obtener una Aceleradora para calificar en el Concurso? Las Aceleradoras deberán obtener un puntaje final mínimo de 4 puntos (entre 0 y 10), sino no podrán calificar para ser seleccionadas como ganadoras del Concurso. ¿Cómo estará conformado el Comité de Selección? Estará integrado por dos Sub-comités, uno de Evaluación y otro Asesor. ¿Cómo estará conformado el Comité de Evaluación? Estará integrado por entre tres y nueve personalidades de reconocida trayectoria y ex- periencia en el lanzamiento de nuevas empresas y apoyo a emprendedores, ya sean na- cionales o internacionales, quienes evaluarán y emitirán su voto sobre las propuestas de valor presentadas. ¿Cómo estará conformado el Comité Asesor? Estará integrado por personalidades que cuenten con un amplio conocimiento del ecosis- tema emprendedor del país, únicamente a los fines de asesorar al Comité de Evaluación, en cualquier asunto específico relacionado con particularidades de dicho ecosistema. ¿Cuáles son las etapas de evaluación? 1. Revisión: Una vez recibida la documentación entregada por la Aceleradora se pro- cederá a constatar que cumpla con los Requisitos de Presentación y cuente con la totalidad de la documentación requerida. Aquellas Aceleradoras que no cumplan con todos los entregables no podrán acceder a la ronda de Presentación ante Jurado. 2. Presentación Oral ante Jurado y Evaluación: El Comité de Evaluación, evaluará cada una de las Aceleradoras concursantes. Para eso convocará a dichas Aceleradoras junto con sus representantes a realizar una presentación oral en presencia de algunos o la totalidad de los miembros del Comité de Selección. 3. Selección: Una vez finalizada la evaluación, el Comité de Evaluación emitirá un dic- tamen suscripto por cada uno de sus miembros, indicando las Aceleradoras elegidas por mayoría de votos y, en consecuencia, propuestas como ganadoras del Concurso con un ránking que incluya a todas las Aceleradoras concursantes. 4. Comunicación: Se emitirá una Resolución en la cual se declarará a las Aceleradoras ganadoras del Concurso y se notificará a cada una de las Aceleradoras concursantes.
  15. ¿En qué idioma se debe realizar la presentación oral? En

    español. ¿Qué ocurre en caso de empate? Si ocurriera un empate, la autoridad de aplicación decidirá entre las Aceleradoras empa- tadas. DOCUMENTACIÓN ADICIONAL Se podrá solicitar toda la información y documentación adicional, y/o las aclaraciones que requiera para un adecuado análisis y evaluación de las Aceleradoras y Beneficiarios presentados a la Convocatoria.