obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Rendición de cuentas La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Gratuidad La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Gratuidad La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Sencillez La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Sencillez La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Integridad La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Integridad La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Integridad La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Integridad La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Prontitud La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Prontitud La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Disponibilidad La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Disponibilidad La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Principios de la Ley Máxima publicidad La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Máxima publicidad La información en poder de los entes obligados es pública y su difusión es irrestricta, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Artículo 4