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UNIDAD_GÉNERO_Y_TRABAJO.pdf

noelia
April 06, 2020

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Género y Trabajo- Prof. Diana García

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April 06, 2020
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  1. PRESENTACION Hola a todxs, Bienvenidxs por este medio para compartir

    el modulo sobre Genero y Trabajo para su formación (material que se incorpora dentro de la unidad I y II) de la Catedra. Mi nombre es Diana García soy Licenciada en Trabajo Social de la UBA, me especializo en Genero y violencia de Genero. Dadas las medidas emergentes por las cuales transitamos en el mundo y en nuestro país, es la forma que mantendremos de comunicación para no perder el vinculo y el aporte en cuanto a la formación profesional e Institucional. Porque lo mas importante en este momento por el cual atravesamos es tomar conciencia, tener empatía y solidaridad. #Quedateencasa# (este Power Point es a modo de síntesis del material de lectura, también se les enviara unas preguntas integradoras para que respondan con la bibliografía. Desde ya muchas gracias!
  2. GENERO Conjunto de creencias, prescripciones y atribuciones que se construyen

    socialmente tomando a la diferencia sexual como base Marta Lamas
  3. CONSTRUCCION SOCIAL DEL GENERO ORDEN SOCIAL FILTRO CULTURAL QUE SE

    INTERPELA AL MUNDO DEPENDIENDO SI ES HOMBRE O MUJER A raíz de las diferencias de los SEXOS/GENERO asignación de Roles, Características y comportamientos (Pensar/Sentir/Hacer de una forma determinada por un orden simbólico), que los individuos vamos adquiriendo e internalizando desde el nacimiento y se van transmitiendo a través del lenguaje y los medios de comunicación de generación en generación El control de los medios de producción MUJER/HOMBRE en la división sexual del trabajo Hombre: ámbito público Mujer: ámbito privado
  4. Janet SaltzmanSan , D i c e que to da

    s las culturas c on oc i da s ti e n e n rasgos comunes e identifica 3: *Una ideología y su expresión en el lenguaje que explícitamente devalúa a las mujeres dándoles a ellas, a sus roles, sus labores, sus productos y su entorno social, menos prestigio y / o p o d e r que el que se le da a los hombres. * Significados negativos atr ibuidos a las mujeres y sus actividades a travé s de hechos simbólicos o mitos. * Estructuras que excluyen a las mujeres de la participación y/o contacto con los espacios públicos de mayor poder tanto en lo económico, político y cultural. D i c e que tod as las culturas c on oc i d a s ti e ne n rasgos comunes e identifica 3: *Una ideología y su expresión en el lenguaje que explícitamente devalúa a las mujeres dándoles a ellas, a sus roles, sus labores, sus productos y su entorno social, menos p restigio y / o p o d e r que el que se le da a los hombres. * Significados negativos atribuidos a las mujeres y sus actividades a travé s de hechos simbólicos o mitos. * Es tr ucturas que excluyen a las mujeres de la participación y/o contacto con los espacios públicos de mayor poder tanto en lo económico, político y cultural.
  5. La idea de que SEXO/GENERO parten de una CONSTRUCCIÓN SOCIAL

    nos permite pensar que son Modificables/Cambiables y que pueden tener Múltiples combinaciones, no solo basándose en la heterosexualidad obligatoria del modelo patriarcal
  6. “El género no debe interpretarse c o m o una

    identidad estable o un lugar donde se asiente la capacidad de acción y de donde resulten diversos actos, sino, más bien, como una identidad débilmente constituida en el tiempo, instituida en un espacio exterior mediante una repetición estilizada de actos”. Judith Butler 2001
  7. O Establéce el derecho a la identidad de género O

    de las personas. O El Senado y Cámara de Diputados de la Nación O Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con O fuerza de ley: O Artículo 1º.- Derecho a la identidad de género. Toda persona tiene derecho: O a) Al reconocimiento de su identidad de género; O b) Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género; O c) A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada. O Artículo 2º.- Definición. Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento O del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. O Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales. O Artículo 3º.- Ejercicio. Toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida O 14 artículos total. LEY 26.743 LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO DE ARGENTINA 2012
  8. DIFERENCIAS ASIMETRICAS DENTRO DEL ÁMBITO LABORAL TECHO DE CRISTAL PUESTOS

    GERARQUICO S OCUPADOS POR HOMBRES JORNADA LABORAL EXTENSA PARA LA MUJER (valores o b l i g a t o r i o s p a r a el g é n e r o , c u i d a d o s d e l o s h i j o s , h o g a r, e t c . ) DISCRIMINACIÓN SALARIAL LEY 27.412 PARIDAD DE GENERO
  9. La igualdad de Derechos entre los sexos y la participación

    activa en la esfera publica han sido anhelos compartidos por generaciones de mujeres Argentinas. DORA BARRANCOS La contradicción entre el rol femenino tradicional el papel de madre y ama de casa y los nuevos roles de ciudadana y trabajadora no se resuelve fácilmente MARTA LAMAS TRANSFORMAR LA LOGICA DE GENERO Es necesario dictar leyes de igualdad, pero para lograr una verdadera "incorporación" de las mujeres a la vida pública se requiere acabar con la identificación simbólica mujer/familia. conciliar responsabilidades laborales y familiares, tanto para las mujeres como para los hombres.
  10. Por ultimo, me parece importante destacar que el año pasado

    2019 se sanciono la LEY MICAELA (Ley 27.499). La ley se llama Micaela por Micaela García, una joven de 21 años que fue victima de femicidio en Gualeguay (Entre Ríos) por un hombre que tenía antecedentes penales por violación. Esta ley establece la capacitación obligatoria en los temas de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que trabajan en la función pública. En este marco el Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, a través de la Secretaria Académica de la UBA, establece la capacitación obligatoria en la temática de genero y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñan en la función publica en todos sus niveles y jerarquías. (Autoridades, Docentes, Nodocentes y Alumnos) Aquí les dejo el Link para hacer el curso en el transcurso del año: http://campusacademica.rec.uba.ar/enrol/index.php?id=2945 MUCHAS GRACIAS